Cuando la gestación subrogada se convierte en objeto de polémica

La reproducción asistida se ha definido clásicamente como el conjunto de tratamientos médicos y/o quirúrgicos orientados a conseguir un embrazado que de manera natural sería si no imposible, al menos altamente improbable. Hace ya tiempo que dejamos de hablar de las «nuevas» técnicas de reproducción asistida (TRAs) en la medida de que desde hace más de 35 años forman parte habitual del armamentario de los ginecólogos que dedicamos nuestros esfuerzos a la endocrinología ginecológica y la fertilidad, afirma el experto en TRAs Dr. Neyro, y que los tratamientos, además, están perfectamente controlados y cada vez más estandarizados.
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Ciertamente, TRAs hay muchas y no se pueden englobar en el mismo capítulo porque abarcan tratamientos tan dispares como la inducción de la ovulación, cada vez más segura en cualquiera de sus formas (ver en http://www.neyro.com/2014/09/15/nuevo-estimulante-de-la-ovulacion-podria-hacer-la-fecundacion-in-vitro-mas-segura/) o como la donación de ovocitos destinada a mujeres cuyos ovarios están en falla permanente y que cada vez se generaliza más por muy diversas razones (como ya contamos en http://www.neyro.com/2016/04/13/donacion-de-ovocitos-como-solucion-para-un-tercio-de-las-parejas-con-infertilidad/), no lejos de las cuales está fundamentalmente el retraso de la maternidad que las mujeres en general, las españolas en particular, están haciendo en los últimos treinta años, como ya explicamos con detalle en este mismo blog hace unos meses en una noticia al respecto y visible en  http://www.neyro.com/2015/01/26/aumenta-la-edad-media-de-las-pacientes-en-la-reproduccion-asistida/
Pues bien, para entrar ya en el tema, diremos que la gestación subrogada, gestación por sustitución, subrogación gestacional, subrogación uterina, simplemente subrogación o vientre de alquiler es una técnica de reproducción asistida que consiste en que una mujer, de común acuerdo con una persona o pareja (normalmente a través de una «agencia de subrogación materna», que puede ser donde esté verdaderamente el problema….), acepta que se le transfiera a su útero el embrión previamente engendrado mediante fecundación in vitro por esa otra persona o pareja, con el fin de quedar embarazada de dicho embrión, gestarlo a término y parirlo en sustitución de la mencionada persona o pareja.

Es evidente, señala JL Neyro, ginecólogo sub-especializado en TRAs, que son situaciones diferentes la del varón solo que recurre a esta técnica para completar su deseo de ser «padre sin pareja», que la de aquella pareja de hombre y mujer que debe recurrió a la subrogación como alternativa a la clásica adopción, tras haber superado una enfermedad cancerosa en la que los médicos hubieron de extirpar el útero de la mujer, pongo por caso, continúa nuestro experto.
Pues bien, en España la gestación de subrogación está prohibida desde la primera ley que regulaba la reproducción asistida en 1988; años después se confirmó esa prohibición a través del artículo 10 de la Ley 14/2006, de 26 de mayo, sobre técnicas de reproducción humana asistida que dice que «será nulo de pleno derecho el contrato por el que se convenga la gestación, con o sin precio, a cargo de una mujer que renuncia a la filiación materna a favor del contratante o de un tercero». Por dejarlo más claro aún, a continuación señala que «la filiación de los hijos nacidos por gestación de sustitución será determinada por el parto». Así se da más preeminencia todavía a la madre gestante a la hora de la filiación.
La cuestión no saldría de estos límites (prohibición absoluta en nuestro país, con la sana y repetida intención del legislador de impedir cualquier intento de mercantilización o comercialización de la técnica), si no fuera porque determinados grupos políticos en España, presionados por los lobbys de los hombres homosexuales seguramente, han reabierto un debate nunca antes admitido en nuestro país, sobre si la gestación debiera ser regulada. Ciertamente, ya lo está y desde 1988, pues la ley es taxativa y lo ha sido desde entonces: se prohíbe sin ningún matiz ni ningún género de dudas.
En este punto, los otrora homogéneos colectivos LGTB (lesbianas, gays, transexuales y bisexuales) con reivindicaciones casi siempre comunes y apoyados por todos ellos se han dividido frente a esta cuestión; así, el mundo feminista se ha opuesto a cualquier intento de comercialización con el cuerpo de la mujer y la gestación subrogada es así considerada, mientras que los gays apoyarían un debate en el sentido de regular la práctica…., con lo que el debate social (?) está abierto.
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De ello se hizo eco el programa «Temas de actualidad» de la cadena de TV Tele7, que dirige con acierto Yolanda Alicia que planteó un debate entre la Dra. Sara Ibáñez de Atención Primaria que se ocupa de controlar embarazos (evidentemente ninguno de gestación subrogada, dada precisamente la prohibición…), algún experto en temas de TRAs, como el propio José Luis Neyro y una activista feminista como Blanca Estrella, presidente de la Asociación Clara Campoamor.